MODELO DE MEMORIAL- EXCEPCION PREVIA DE EXTINCIÓN DE LA ACCION PENAL EN WORD DESCARGAR
SEÑOR JUEZ PUBLICO DE SENTENCIA PRIMERO EN LO PENAL
FORMULA: EXCEPCIÓN PREVIA DE EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL
OTROSI.-
EMILIO UREÑA LEDEZMA, con C. I. No. 846644Cbba., mayor de edad, vecino de la ciudad de Cochabamba, transitoriamente en ésta y hábil en toda forma de derecho, dentro el proceso penal que nos sigue el MINISTERIO PUBLICO y la ADUANA NACIONAL, por el supuesto delito de “ CONTRABANDO ”, ante la consideraciones de Ud. con el debido respeto exponemos y pedimos:
Que, su tribunal en aplicación del Art. …… del Cdgo Aduanero ante la inconcurrencia de los demás denunciados a la Audiencia del señalamiento del día martes 27 de septiembre último, procedió a la SUSPENSIÓN DE DICHA AUDIENCIA instruyendo la notificación de los inconcurrentes, con expreso señalamiento del Acto Procesal el día de hoy viernes 06 de septiembre de los corrientes, sin perjuicio de la declaratoria de rebeldía y contumacia a la ley, a los efectos del Art. …… de la Ley General de Aduanas.
Que, en función del Art. …… de la Ley General de Aduanas cumplidas sean formalidades precedentes ( en caso de inconcurrencia por lo menos uno de los imputados y / o la falta de notificación ), se procederá a la DECLARATORIA DE LA REBELDÍA Y CONTUMACIA ) Literal b) y c) del Art …… de la Ley General de Aduanas. La designación del defensor de Oficio y La Publicación por una sola vez y suspensión de audiencia.
En el supuesto caso de la concurrencia de los todos los denunciados y cumplidas las formalidades que indica el Art. …… de la Ley general de Aduanas, nosotros,con prueba literal pre-constituida, planteamos la EXCEPCION DE LA EXTINCIÓN DE LA ACCION PENAL EN LA ETAPA PREPARATORIA previsto en el Art. 134 del CPP. cuya evidencia se justifica con la resolución emitida por el del Sr. JUEZ CAUTELAR que adjuntamos en calidad de prueba literal preconstituida.
Por lo brevemente expuesto, encontrándonos en vísperas de una Audiencia Pública señalada, existiendo memoriales que deben merecer previamente un pronunciamiento que defina sobre la EXTINCIÓN DE LA ACCION PENAL y/ o la PROSECUCIÓN DEL TRAMITE, REITERANDO SOLICITAMOS A SU PROBIDAD SE DIGNE EMITIR la correspondiente resolución mediante un AUTO EXPRESO, DECLARANDO LA EXTINSIÓN DE LA PRESENTE ACCION PENAL Y EL ARCHIVO DE OBRADOS, instruyendo la CANCELACIÓN DE LAS MEDIDAS CAUTELARES ADOPTADAS EN EL CURSO DE LA INVESTIGACIÓN, así como la ENTREGA DE LOS MOTORIZADOS haciendo vigencia y estricta aplicación de la ÚLTIMA PARTE DEL ART. 134 DEL CPP., toda vez que, la etapa preparatoria debe finalizar en el plazo improrrogable de seis meses de iniciada la investigación y ser los plazos fatales y perentorios en materia Aduanera como prescribe el Art. ……
de la LEY GENERAL DE ADUANAS y al haber descuidado el Sr. FISCAL DE MATERIA de su deber que le encomienda el Art. …… de la Ley General de ADUANAS que obliga de hacer la IMPUTACIÓN FORMAL dentro el plazo de seis meses iniciada la investigación y en el supuesto caso de no pronunciarse sobre nuestra petición, se proceda a la SUSPENSIÓN DE LA AUDIENCIA PUBLICA SEÑALADA para el día martes 27 de los corrientes, a este fin protestamos RECURRIR AL CONSEJO DE LA JUDICATURA y loa recursos que nos confiere la ley
Deferir lo impetrado será obrar en estricta justicia. &.
OTROSI.- Diligencias se comisione a un funcionario público.
Potosí, 20 de Junio del año 2.023
DESCARGAR
VISITA ESTE SITIO WEB DE ABOGADOS BOLIVIA