Señores Vocales de la Sala Civil y Comercial del Tribunal Departamental de la ciudad de Cochabamba.
Interpone Recurso de Compulsa
Otrosíes.-
Nurej 20222022
Lauro Cortez Diaz, de generales conocidas dentro del proceso ordinario de resolución de contrato de compraventa que me sigue Flavia Caldina Orozco ante Ud., con las mayores consideraciones de respeto expongo y digo:
Objeto
En tiempo y forma oportuna y con la facultad conferida por el Art. 279 del Código Procesal Civil, vengo a interponer recurso de compulsa contra el auto de fs. 30-35 de fecha 24 de febrero de 2022, donde el Juez Publico Quinto en lo Civil y Comercial de la Capital (Cochabamba) en forma indebida niega el recurso ordinario de apelación.
Fundamentos del recurso
Al rechazarse indebidamente el recurso ordinario de apelación, el juez ha cometido los siguientes errores que se constituyen en el agravio del presente recurso de compulsa:
Mi padre ha sido legalmente notificado con la sentencia en fecha 10 de enero del presente año.
El recurso de apelación fue interpuesto personalmente por mi parte en fecha 20 de enero del mismo año; por consiguiente se encuentra dentro del plazo establecido por el Art. 280 del Código Procesal Civil; por lo tanto, el juez de primera instancia no puede determinar que el mismo se encuentra fuera del plazo legal.
Este hecho amerita la procedencia de la compulsa, por haberse negado indebidamente el recurso de compulsa.
Petición
Por lo indicado a vuestras señorías expresamente solicito:
Se tenga por interpuesto el recurso de compulsa contra el auto de fs. 30-35 que indebidamente niega el recurso de apelación.
Ordene en el acto que se eleve el proceso para su revisión.
Oportunamente se resuelva el recurso declarando la legalidad del mismo, disponiendo la radicatoria del proceso para los tramites y resolución del recurso de apelación indebidamente negado,
El juez contra quien se le interpone el recurso de compulsa se le imponga costas y multa.
Otrosí 1º.-Por ratificado el domicilio procesal.
Otrosí 2º.-Cedula a las partes
Otrosí 3º.- Estaré al arancel del Colegio Departamental de Abogados
Es cuanto pido en justicia, esperando en la ciudad de Cochabamba, en fecha 15 de abril de 2022.
Firma del interesado y del abogado