HOY TE TRAEMOS MODELO DE DEMANDA DE RESOLUCIÓN DE CONTRATO POR INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN DE PAGO
SEÑOR JUEZ PUBLICO EN LO CIVIL Y COMERCIAL DE TURNO DE LA CAPITAL
RESOLUCIÓN DE CONTRATO POR INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN DE PAGO
OTROSIES. –
Hugo Oropeza Terrazas, mayor de edad hábil por ley, portador de cedula de identidad Nº 9358936 expedida en la ciudad de Cochabamba, estado civil soltero, con profesión abogado, con domicilio en la Av. Juan Manuel Sánchez Nº25, ante usted con el debido respeto expongo y pido:
Señor juez cabe indicar que yo suscribí, una minuta de compromiso de compra y venta, de un Vehículo modelo vagoneta 1996, marca TOYOTA con placa de circulación nacional 1000 TBS, que se encuentra debidamente registrado en RUAT registro único de auto transporte con N°000080 que radica en Cbba. Dicho vehículo se encuentra registrado a mi nombre HUGO OROPEZA TERRAZAS, el me dio como adelanto me dio 15.000 $ (quince mil 00/100 dólares americanos), según contrato que realizamos, en la cláusula cuatro indica que el comprador cancelaria los 5.000 $ (CINCO MIL 00/100 DOLARES AMERICANOS) en un plazo de 2 meses, así también en la misma clausula indicaba que en el momento de ser cancelada todo el total del vehículo, yo le entregaría los papeles legales del vehículo, así también en el momento de suscribir la minuta, le entregue el vehículo, para que ella pueda transportarse con él.
Sucede señor juez que el plazo para la cancelación total del valor del vehículo ya paso y E L Sr. Samuel Sánchez Pinto aun no cancelo los 5.000 $ yo luego de pasar la fecha de cancelación, me dirigí a su domicilio para indicarle que el plazo ya termino, pero ella no me abrió la puerta así también el me hecho agua del piso de arriba indicando que ya me había pagado todo y no me pagaría nada más por esa porquería eso dijo en palabras textuales, al ver que no puedo llegar a un acuerdo razonable con el Sr. Samuel Sánchez Pinto, decidí iniciar una demanda en via ejecutiva resolución de contrato por incumplimiento de pago, le comunique que la demandaría, y ella indico que ni con la sentencia a mi favor ella no llegaría a pagarme lo que me debe, señor juez yo le entregue mi bien mueble de buena fe, y confiando en su persona, pero ahora me veo envuelta en una controversia puesto el Sr. Samuel Sánchez Pinto no desea cancelar lo que me debe, ya paso 6 meses y la señora no me ha cancelado.
Señor juez amparándome con el artículo 463del código civil que habla de los contratos preliminar, Así también amparándome con el art 568 del código civil resolución por incumplimiento que indica y En aplicación al artículo 378 del Nuevo Código Procesal Civil donde establece que “el proceso ejecutivo se promueve en virtud de alguno de los títulos ejecutivos…” siempre que de ellos surja la obligación de pagar cantidad liquida y exigible”, así también el articulo 379 numeral 2 código procesal civil que indica que son títulos ejecutivos “ Los documentos probados suscritos por la obligada u obligado o su representante voluntariamente reconocidos o dados por reconocidos por ante autoridad competente, o reconocidos voluntariamente ante notario de fe Pública.
Por todo lo expuesto solicito a si autoridad emita sentencia inicial dando por PROBADA mi demanda así también, que se deje sin efecto el contrato y El Sr. Samuel Sánchez Pinto, mayo de edad hábil por ley portador de Cedula de Identidad con Nº 9354965 expedida en la ciudad de Cochabamba, estado civil soltero, con profesión carpintero, con domicilio ubicado en la provincia de Punata calle potosí final Nº 45 que me devuelva la movilidad para que yo pueda devolver los 15.000 $ que se dio por adelanto.
OTROSI PRIMERO. –Como prueba documental me sirvo a acompañar.
1 1. Minuta de compromiso de pago de fecha 14 de abril de 2018.mas reconocimiento de firmas y rubricas. Que acredito el vencimiento del plazo.
2 2.Croquis del demandado
3 3. Recibo de pago de 15.000 $
4. RUAT del vehículo motivo del proceso, para acreditar que el auto está a mi nombre desde el año 1996
OTROSI SEGUNDO. –Señalo domicilio procesal en la calle Bolívar, edificio Bruch tercer piso, oficina N° 90 del profesional que suscribe el presente memorial.
OTROSI TERCERO. –Citaciones y notificaciones comisione al señor oficial de diligencias.
Cochabamba, 18 de septiembre de 2018
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Gracias por la ayuda
Pueden pasarme el memorial de rrsñonde con 2 excepsiones a este proceso porfavor