ACUERDO LEGAL PARA PROCEDIMIENTO ABREVIADO
Conste por el presente acuerdo legal suscrito con la finalidad de hacer efectiva la Aplicación del Procedimiento Abreviado, de conformidad a las siguientes clausulas:
PRIMERA: (PARTES INTERVINIENTES). Serán sujetos contractuales del presente acuerdo, las partes siguientes:
1.- Dra. SONIA LOPEZ PEREZ, Fiscal Adjunto y Representante del Estado y la Sociedad, pare efectos del presente contrato se denominara MINISTERIO PÚBLICO.
2.- HUMBERTO PEREZ PEREZ con C.I.Nº 0000012 C.B, quien para efecto de este acuerdo se denominara el IMPUTADO por el delito de tentativa por emoción violenta.
3.- EL Dr. HUGO OROPEZA TERRAZAS, con C.I.Nº 9358936 CB., en su condición de Abogado del imputado que para efectos del presente cuerdo se denomina la DEFENSA.
SEGUNDA: (DE LOS HECHOS) De los antecedentes que originan el presente documento se colige que yo: HUMBERTO PEREZ PEREZ , por los antecedentes y pruebas que cursan en el cuaderno de investigación se tiene demostrado que como imputado soy autor y participe del delito de Tentativa por emoción violenta previsto y sancionado en el art. 254 C.P., en relación del Art. 8 C.P.
TERCERA: (DEL ACUERDO). Al presente sin que exista dolo presión de ninguna naturaleza que vicie mi consentimiento y por convenir a mis intereses, de mi libre voluntad y después de haber sido asesorado por parte de mi Abogado defensor, sobre los beneficios y ventajas que me otorga el procedimiento Abreviado, mi persona HUMBERTO PEREZ PEREZ en calidad de Imputado, acepta el presente acuerdo legal y me someto a los requisitos expresado en el Art. 373 y 374, del Código de Procedimiento Penal, que a la letra dice:
a) La imputación formulada por el Ministerio Público
b) La comisión delictiva del tipo penal, señalada en el art. 254 C.P., en relación del Art. 8 C.P.
c) Renuncio de forma libre y voluntaria al procedimientos ordinario de juicio oral, público, continuado y contradictorio.
d) Aceptación de la privación de libertad por el término de tres (3) años en el centro de Rehabilitación COCHABAMBA “San Sebatian” y la aplicación del SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA PENA, conforme lo establece el art. 366 de la Ley Nº 1970.
e) Propongo en la presente imputación realizada por el M.P., la aplicación de un proceso abreviado de la presente imputación, realizada por el M.P.,
CUARTA: (DEL LUGAR Y FECHA). Las audiencias y actuados legales necesarios serán llevados a cabo en las oficinas del Juez 1 ero. de Instrucción de la Provincia De Punata, quien para el efecto señalará el día y hora de audiencia.
QUINTA.- (ACEPTACION Y CONFORMIDAD). Todas las partes contratantes, declaramos expresamente nuestra conformidad y aceptación con todo lo estipulado en el presente acuerdo legal, por ser la clara expresión de lo pactado; en consecuencia, firmamos el presente contrato en triple ejemplar de un sólo tenor y efecto jurídico.
Usted señor Notario agregará lo de estilo y seguridad que corresponda.
Punata, 10 de julio del 2019
HUMBERTO PEREZ PEREZ
IMPUTADO
Dr. HUGO OROPEZA TERRAZA
DEFENSA TECNICA DEL IMPUTADO
Dra. SONIA LOPEZ PEREZ
MINISTERIO PÚBLICO
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