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Modelo de Acuerdo Legal Para Terminacion Anticipada Del Proceso

Modelo de Acuerdo Legal Para Terminacion Anticipada Del Proceso en Word Bolivia

ACUERDO LEGAL PARA TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL PROCESO

Conste por el presente acuerdo legal, suscrito con la finalidad de hacer efectiva la aplicación de Procedimiento Abreviado, de conformidad a las cláusulas siguientes:

PRIMERA.- (PARTES INTERVINIENTES). Son partes del presente acuerdo legal:

1.- Abog. MARTA FLORES RIVERA, JORGE SÁNCHEZ MARTÍNEZ, CARLA TORO GARCÍA, en calidad de Representantes de la Sociedad, como Fiscales de Materia, adscritos a la Fiscalía Corporativa Desconcentrada de Montero, provincia Obispo Santisteban, departamento de Santa Cruz, que para efectos del presente documento se denominará EL MINISTERIO PÚBLICO.

2.- El Adolescente: ALEJANDRO RIVERA MARTÍNEZ, de generales descritas en el Cuadernillo de Investigaciones Caso signado FELCC-MONTERO480/2.018.- para efectos de este documento se denominará EL ADOLESCENTE CON RESPONSABILIDAD PENAL.

3.- Abog. MARÍA FERNÁNDEZ SUÁREZ, abogado defensor del Adolescente, que se denominará para efectos de este documento LA DEFENSA.

SEGUNDA.- (DE LOS HECHOS).- De los antecedentes que originan el presente documento se tiene que el adolescente con responsabilidad penal: ALEJANDRO RIVERA MARTÍNEZ, se declara autor y culpable del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el Art. 332 del Código Penal, cuya pena es de 3 a 10 años, de privación de libertad, hecho suscitado en fecha 18 de Agosto de 2.018, a Hrs. 10:00 a.m., siendo víctima: MARTA GUTIÉRREZ DE TORO.

TERCERA.- (DEL ACUERDO).- De conformidad a lo expuesto en la cláusula precedente, EL ADOLESCENTE CON RESPONSABILIDAD PENAL Y SU ABOGADO DEFENSOR manifiestan en forma expresa estar de acuerdo con el contenido del presente documento legal, sin que exista vicio alguno del consentimiento como ser: error, dolo o violencia que pueda invalidarlo, bajo las siguientes condiciones:

1.- El reconocimiento de la acción ilícita, imputado por el Ministerio Público y la admisibilidad de la acción ilícita imputada de ROBO AGRAVADO, y su participación en él, es decir, la comisión delictiva del tipo penal señalado en el Art. 332 del Código Penal.

2.- El adolescente con responsabilidad penal renuncia a la sustanciación del juicio oral, público, continuado y contradictorio.

3.- Se acuerda la imposición de una pena de 2 años de privación de libertad, atenuada, conforme lo dispone el Art. 268 de la Ley 548, que el adolescente con responsabilidad penal: ALEJANDRO RIVERA MARTÍNEZ, deberá cumplir en el Centro CENVICRUZ de la ciudad de Santa Cruz.

CUARTA.- (DEL LUGAR Y LA FECHA) El Juzgado Público Mixto, Civil, Familia de la Niñez y Adolescencia y Cautelar de Minero, donde se encuentra radicada la causa, se servirá señalar día y hora para la audiencia, para considerar la Aplicación del procedimiento Abreviado que se solicita.

QUINTA.- (CONFORMIDAD).- En señal de conformidad firman las partes intervinientes en un mismo tenor y un solo efecto de ley, el presente Acuerdo Legal para la Terminación anticipada del proceso.

Montero, 15 de Noviembre de 2023.

ALEJANDRO RIVERA MARTÍNEZ

DEFENSA TÉCNICA FISCAL DE MATERIA

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