Señor Juez Público Quinto en lo Civil y comercial de la ciudad de Tarija
Interpone Excepción Previa de Incompetencia
Nurej: 20222022
Otrosíes.-
Miriam Valle Zamora, portadora de la cedula de identidad Nº 5473939 Tja., mayor de edad y hábil por derecho, natural y vecina de esta ciudad, con domicilio real en calle Los Lirios Nº 283 de esta ciudad, ante Ud., con las mayores consideraciones de respeto me presento dentro del proceso ordinario de reivindicación seguido en mi contra por el actor: Antonio Lizarraga Claros, por eso expongo y digo:
Objeto
En tiempo y forma oportuna vengo a interponer excepción previa de incompetencia del demandado prevista en Inc. 1) del Art. 128 del Código Procesal Civil, por los fundamentos de hecho y derecho que seguidamente señalo.
Exposición hechos que ameritan la excepción
La excepción previa de cosa juzgada tiene como fundamento los siguientes hechos:
- Se demanda reivindicación de un bien inmueble ubicado en la localidad de Los Parrales jurisdicción de la Provincia Méndez del Departamento de Tarija.
- El citado inmueble se encuentra dentro del área rural; por lo tanto, la citada acción debe ser conocida por el Juez Agroambiental de la Provincia Méndez
Exposición del derecho de la excepción
Por los hechos descritos anteriormente tenemos que su autoridad es incompetente para conocer la presente acción por razón de la materia.
Petición
Por lo indicado a vuestra señoría expresamente solicito y pido:
- Con carácter previo se resuelva la presente excepción luego del trámite previsto por el Código Procesal Civil (audiencia preliminar)
- Oportunamente se declare probada la excepción remitiendo el proceso al Juzgado competente llamado por ley.
- Pronunciamiento expreso sobre costas del proceso.
Ofrecimiento de prueba para la admisión de la excepción
Con la permisión establecida por el Art. 128 del Código de Procedimiento Civil ofrezco la siguiente prueba documental para la admisión y procedencia de la excepción:
- A fin de probar los hechos expuestos ofrezco como prueba el título de propiedad que se adjunta a la demanda que demuestra que está registrado en el INRA.
- Certificación del Catastro Municipal que el bien inmueble objeto de proceso se encuentra en área rural.
Otrosí 1º.-Sabre justas determinaciones en el domicilio electrónico contacto.hugooropeza.com Conforme al Art. 72 del Código Procesal Civil.
Otrosí 2º.- Estaré a la iguala profesional suscrita, que adjunto.
Es cuanto pido en justicia, esperando en la ciudad de Tarija, en fecha 18 de febrero de 2022.
Firma de la interesada y del abogado