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Modelo de Memorial de Aplicación De Suspensión Condicional Del Proceso ley 1008


SEÑOR JUEZ DE INSTRUCCIÓN MIXTO CAUTELAR 
DE LA PROVINCIA DE PUNATA

Solicita.- Aplicación De Suspensión Condicional Del Proceso

OTROSI.-
Dentro del proceso penal seguido de oficio por el Ministerio Público en contra de LUIS MIGUEL REY RAMOS, por la comisión de los delitos de Tráfico Ilícito, Trafico, Asociación Delictuosa y Confabulación, Transporte.  Previstos y sancionados  por los Art. 33, inc.M. 48, 53 y 55  de la ley 1008, Ante usted con respeto solicito  y expongo.

I.              I. DATOS GENERALES DEL IMPUTADO:

Nombres y Apellidos             :LUIS MIGUEL REY RAMOS
Estado Civil                             :SOLTERO
Cedula de Identidad               :V75414S
Lugar de Nacimiento             :BRASIL
Fecha de Nacimiento             : 15 de Marzo de 1989
Ocupacion                               : CHEF
Domicilio                                 :Cala Cala
Abogado Defensor                 :Walker Illanes Milan
Domicilio Procesal                 :Calle Sucre No 23. Punata

II.      DE LOS HECHOS.-

Del informe presentado por el asignado  al caso Tte., Juan Merida Larreta, en fecha 25 de febrero de 2017 en la localidad de Punata a la entrada del pueblo una patrulla encabezada  por el My. Jose Gomez , realizaba   control de patrullaje rutinario, siendo así las Hrs. 20:30 de la noche un auto marca Toyota color blanco modelo 95   cruza el peaje, para ingresar al pueblo con exceso de velocidad y con una actitud sospechosa  posteriormente se dirige a la plazuela del estudiante. una vez en el lugar se procedió con el operativo donde tráfico de sustancias controladas es socialmente reprochable y legalmente punible . por cuanto acuerdo de las Naciones Unidas se constituye un delito de lesa Humanidad imprescriptible de acuerdo a la ley Nº 2116 de 11 de septiembre de 2000 por la cual Bolivia ratifica la convención internacional sobre imprescriptibilidad de crímenes de Guerra y de lesa nociva de los imputados son relevantes por la lesión infringida a los bienes jurídicos, determinando que el estado, el ejercer el monopolio de ius puniendi , asume ante la comunidad internacional y nacional la obligación ineludible de combatir al crimen organizado que en sus modos operandi no tiene piedad en transportar hasta límites transfronterizos, sustancias que dañan la moral, la salud y la integridad de las personas.

III.            III. FUNDAMENTACIÓN.-

En el presente caso es precedente la suspensión condicional del proceso a prueba, en aplicación del Art. 23 del Código Procesal Penal por los siguientes fundamentos:
El imputado Luis Miguel Rey Ramos no ha sido objeto de condena anterior por el delito culposo. Que el mismo ha reconocido, y se arrepiente  de haber cometido el hecho antijurídico ya que el señor imputado ha demostrado la conducta anterior y posterior notoriamente buena. por lo que se ha demostrado que con documento claros  que tiene Titulos De Chef, de Jugador de Futbol en donde tiene las recomendaciones correspondientes de ser un buen ciudadano.
Que en el posible  caso de someterlo a un Juicio Oral es Probable que no se condenado a pena mayor de 13 años de privación de libertad.
En previsión del Art. 301 Numeral 4. del código procesal penal  se solicita la salida alternativa de suspensión condicional  del proceso, a favor del ciudadano Luis Miguel Rey Ramos, determinando las reglas de conducta que se le vaya imponer.
Considerando las características del hecho y su calificación, las reglas de conducta a imponer en el marco de lo previsto en el             Art. 23 y 24 de la Ley 1970.
·         Prohibición de cambiar de domicilio sin autorización del Juez.
·         Prohibición de frecuentar locales de expendio de bebidas alcohólicas
·         someterse a la vigilancia que determine el Juez
·         prestar trabajo a favor del Estado o de Instituciones de Asistencia Publica bajo supervisión.
·         prohibición de tener o portar armas.
Por un periodo de prueba de 2 años, que a criterio del ministerio público es suficiente para considerar que el imputado está demostrando una buena conducta.    

IV.          IV. FUNDAMENTACIÓN DE DERECHO.-

El hecho expuesto establece el delito de Tráfico Ilícito, tráfico, asociación delictuosa y confabulación, transporte.  Previstos y sancionados  por los Art. 33, inc. m. 48, 53 y 55  de la ley 1008, Habilitado la suspensión condicional del proceso a prueba prevista en los Arts, 23, 24, 366 del Código De Procedimiento Penal y 301 Num. 4.

V.           V. DE LAS PRUEBAS.-

1.    Informe presentado por el asignado al caso de fecha 25 de febrero de 2017.
2.    Actas de requisas realizadas en el operativo.
3.    Acta de declaración informativa.
4.    Muestrario Fotográfico.
5.    Fotocopia de Cedula de identidad.
6.    Certificación otorgado por el presidente de la OTB Cala Cala.
7.     Título de profesión de Chef.
8.      Certificación de la asociación de futbol.   
VI.          VI. PETITORIO.-

En merito a lo expuesto, Pido a su autoridad:
·         Se sirva Fijar Día y hora  para celebrar la audiencia conclusiva solicitada.
·         en la audiencia se resolverá la aplicación de la suspensión condicional del proceso en el proceso seguido contra el imputado Luis Miguel Rey Ramos.

OTOROSI.-

Notifique funcionario.
Punata  02 de octubre de 2017

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1 comentario en «Modelo de Memorial de Aplicación De Suspensión Condicional Del Proceso ley 1008»

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