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Modelo de Demanda Pago De Sueldos Devengados Y Beneficios Sociales

SEÑOR JUEZ SÉPTIMO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL – LA PAZ

DEMANDA PAGO DE SUELDOS DEVENGADOS Y BENEFICIOS SOCIALES.- 

OTROSI 1ro.- LITERALES.-

OTROSI 2do.- PRUEBAS DE CARGO.

OTROSI 3ro.- HONORARIOS.-

OTROSI 4to.- DOMICILIO.-

IRENE WILMA AVERANGA LIMA, Boliviana, mayor de edad, hábil para este acto, casada, labores de casa, con C.I. 4326360 L.P., domiciliada en la Zona Obrajes Calle  25  No. 272, ante su Autoridad con el debido respeto se presenta expone y solicita:

ANTECEDENTES:

Ocurre que en fecha 3 de Septiembre de año 2021, amparada en el Art. 6 de la L.G.T. con todo el valor legal que dicha norma me faculta, verbalmente fui contratada por la empresa SUPERMERCADOS KETAL S.A. para cumplir el cargo de AUXILIAR DE SNAK, cuya remuneración acordada fue de Bs. 400.00.- (CUATROCIENTOS 00/100 BOLIVIANOS), a la fecha, el trabajo encomendado venia cumpliendo con total normalidad percibiendo mi remuneración de manera conforme y regular basándonos siempre en la dependencia y la subordinación con mis empleadores, lamentablemente a principios del mes de Junio por motivos de salud, he solicitado se me conceda un permiso eventual, la misma que fue respaldada mediante baja médica de la C.N.S por dos días, es decir los días 6 y 7 de Junio de año en curso, persistiendo mi delicado estado de salud, el día miércoles 8 del referido mes me tuve que internar de emergencia, lo que me imposibilito poder constituirme a mi fuente de trabajo, pero que sin embargo, dicho extremo fue comunicado a la señora Administradora Sra. Sully Pardo, quien de manera muy cordial, en primera instancia dijo que no hay problema, exclamando: “primero es la salud, que me cuide”, contando con esa solidaridad,  realice mis tratamientos, y cuidados, sin embargo en fecha 12 de Junio del año en curso, media convaleciente me constituí a mi fuente de trabajo, en donde, la señora Ana Mencio encargada de todas las sucursales, sin escuchar explicación alguna, vulnerando mis derechos, sin ningún previo aviso manifiesta que mi persona estaba despedida de la Empresa (retiro intempestivo), alegando que me despidieron por ESTAR MI CONDUCTA PREVISTA EN EL ART. 7 DEL DECRETO SUPREMO No 1592, es decir haber faltado 6 días continuos, lo cual es totalmente falso ya que por los certificados de baja médica se establece que mi persona a interrumpido tales plazos, ya que mi persona tenia baja médica por dos días, mismos que están respaldadas por un CERTIFICADO MEDICO DE LA CAJA NACIONAL DE SALUD, lo cual suspende la referida pretensión, además se me indico que hablara con la Sra. Zuli Pardo encargada de RR.HH.

Al día siguiente me contacte con la mencionada señora Pardo, quien de manera arbitraria, en contradicción a lo manifestado anteriormente, por la sola voluntad de mi empleador y sin mutuo consentimiento, me obliga a redactar y firmar un documento de retiro supuestamente voluntario, manifestándome que no quieren en la empresa gente enferma, es decir que me amedrento amenazándome me obliga a que firmara una carta de renuncia, caso contrario me llevaría a otras instancias, ese momento en mi condición de persona humilde y convaleciente no me quedo otra que firmar una carta, pensando en que la indicada persona recapacitaría.

Lamentablemente, en fecha 13 de Junio me vuelvo a presentar a la empresa, pero con una serie de insultos y prepotencia me expulsan de la empresa, por lo que me fui a quejar al Ministerio de Trabajo para llegar a un acuerdo sobre mis derechos vulnerados, pero no llegando a un acuerdo satisfactorio puesto que la Empresa niega haberme obligado a que firme dicho documento del supuesto retiro, es decir niega todos los actos antijurídicos.

También debo manifestar, a su Autoridad que es algo ilógico que yo haya firmado voluntariamente la referida carta, puesto que si estoy delicada de salud necesito el trabajo y por ende el seguro médico, lo cual demuestro que es algo contradictorio la posición de los señores de la Empresa.

Es en este entendido que la omisión del preaviso por parte de mis empleadores deberá ser sancionado con un monto de dinero equivalente a mis salarios correspondientes, tal cual lo establece el Art. 12 de la L.G.T. 

PETITORIO

Señor Juez toda vez que no se llegamos a ningún tipo de acuerdo con la EMPRESA KETAL S.A., amparada en el Art. 4 de la L.G.T., acudo a su Autoridad buscando tutela jurídica para el pago de los Beneficios Sociales que por ley me corresponden mismos que SON IRRENUNCIABLES.

Por los argumentos señalados inicio DEMANDA LABORAL POR SUELDOS DEVENGADOS Y BENEFICIOS SOCIALES en contra de la EMPRESA SUPERMERCADOS KETAL S.A. representada por la SEÑORA SULLY PARDO, mayor de edad, hábil por derecho, con domicilio en la Ballivián esq. Calle 15 (SUPERMERCADO KETAL), todo conforme lo establece los Arts. 46, 47 y 48 de la C.P.E. conc. Con los Arts. 4, 13, 19, 20, 55 y Sgts. De la L.G.T., Arts. 1, 3, 5, 53, 54, 117 y Sgts. Del Código Procesal del Trabajo, toda vez que son  1 año y nueve meses de servicios que hacen un total de 21 meses, por tanto:

SUELDO DEVENGADO del mes de JUNIO                                   Bs.-   500,00

INDEMNIZACION.- 3 sueldos                                            Bs.- 1.950,00

VACACION.-                                                                         Bs.-   325,00

BONO.-                                                                                             Bs.-        50,00           

DESAHUCIO.- un sueldo por año y duodecimas Bs.-  1.137,00

                                                             TOTAL=         BS.- 3.962.00

Que hacen un total de Bs. 3.962,00, monto que me adeuda la EMPRESA SUPERMERCADOS KETAL, por concepto de SUELDOS DEVENGADOS Y PAGO DE BENEFICIOS SOCIALES, por el retiro intempestivo sufrido a mi persona.

Protestando de mi parte cumplir con los recaudos de rigor.

OTROSI 1ro.- A) En calidad de pruebas literales Acompaño las siguientes Literales:

  • Informe del Conciliador Polanskid Cerruto Beltrán, sobre la denuncia interpuesta en el Ministerio de Trabajo.
  • Papeletas de pago.
  • Certificado Médico.
  1. B) En calidad de pruebas Testificales presento a los señores:

LOURDES LEON PEREZ ccon C.I. 4846469 LP, soltera, estudiante, CON DOMICILIO EN LA Av. Mecapaca Calle 26 Zona Obrajes; BRUNO MAMANI GUTIERRES, No. C.I. 5549104 Pt, SOLTERO, ESTUDIANTE, DOMICILIADO en la calle 24 de septiembre No 511 Villa Esperanza; y, la sra. WENDY SANTANDER ROJAS, con C.I. Buenos Aires No 31, Zona Central, casada, estudiante, todos mayores de edad, hábiles por derecho.

OTROSI 2do.- De acuerdo a lo establecido por el Art. 100 del Código del Procesal del Trabajo, solicito a su Autoridad la Anotación Preventiva de los Bienes de la EMPRESA SUPERMERCADOS KETAL S.A.

OTROSI 3ro.- El abogado patrocinante para el cobro de Honorarios tiene suscrita una Iguala Profesional.

OTROSI 4to– Para conocer determinaciones señalo domicilio procesal calle Colon No. 671 Esq. Indaburo

                        Deferir lo impetrado es acto de JUSTICIA!!!!

 

El Alto, 6 de Mayo de 2022.

 

 

 

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