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MODELO DE DEMANDA POR PAGO DE DERECHOS LABORALES


SEÑOR JUEZ  DE TURNO DEL TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL  DE LA CAPITAL.-

INTERPONE DEMANDA LABORAL            POR PAGO DE DERECHOS LABORALES.-

                                                                      OTROSI.-   

XXXXXXXXXX, con C.I. No. 3173191 S.C., mayor de edad, hábil por ley, con domicilio en la calle Sidra No. 2020, Barrio Los Tusequis, entre segundo Anillo y  Av. Alemana, de esta ciudad de Santa Cruz, ante su Autoridad con todo respeto expongo y pido:

ANTECEDENTES

Señor Juez, por la documentación que se adjunta a la presente demanda se evidencia que mi persona ingreso a trabajar a la H. Alcaldía Municipal de Santa Cruz de la sierra, con memorandum de designación de  fecha 15 de Marzo de 2001, con el ITEM 449, con el nivel 4.2, designada como Servidor Publico Municipal para desempeñar el cargo de Profesional B (ARQUITECTO URBANISTA ) con un sueldo de Bs. 4.285.01 (CUATRO MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO 01/100 BOLIVIANOS). Sin embargo sucede señor Juez que mediante Memorandum de fecha  18 de Noviembre de 2003, mi empleador argumentando un supuesto abandono de funciones procedió a retirarme sin previo aviso, y lo hizo por cumplir un pacto político, por que sucede señor Juez que la parte empleadora contrata y retira personal a su libre albedrío, argumentando cualquier pretecto,  sin tomar en cuenta el buen desempeño de mi persona en mi actividad laboral, y violando las causales de retiro que están establecidas en la ley de municipalidades en los Arts. 71 y 72 numeral 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7 y sin hacerme ningún proceso disciplinario de mi función pública me retiran en forma arbitraria violando también las causales de retiro que están establecidas EN LAS NORMAS BASICAS DE SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL, en su Art. 32 inc. a, b, c, d, e, f, g, h, i, j y k.

Señor Juez, el Art. 77 de la ley 2104 de la ley modificatoria de la ley 2027 del Estatuto del Funcionario Publico, dice textualmente: VIGENCIA.- La ley 2027 de 27 de Octubre de 1999, ENTRARA EN VIGENCIA PLENA, NOVENTA DIAS DESPUÉS DE LA POSESIÓN DEL SUPERINTENDENTE DE SERVICIO CIVIL. Autoridad que fue designada mediante RESOLUCIÓN SUPREMA No. 220788 de fecha 20 de Marzo de 2.001, y fue posesionado en fecha 28 de Enero de 2002, OSEA QUE A PARTIR DEL 28 DE ABRIL DE 2.002, ENTRABA EN VIGENCIA PLENA LA LEY 2027 LEY DEL ESTATUTO DEL  FUNCIONARIO PUBLICO. Pero como la ley no es RETROACTIVA, rige para lo venidero, esto de acuerdo a lo establecido por el Art. 33 con relación al Art. 81 de la Constitución Política del Estado. Y no tiene efecto retroactivo, excepto en materia social cuando lo determine  expresamente la ley. 

Pero sucede señor Juez que mi empleador, no ha cumplido con lo que prescribe el Art. 64 de la ley 2028 LEY DE MUNICIPALIDADES, por que para hacer el RECLUTAMIENTO Y SELECCIÓN DE PERSONAL, debe ser realizada mediante CONVOCATORIAS EXTERNAS E INTERNAS. Luego nuestro empleador viola el Art. 65 de la ley 2028, donde dice: PROHIBICIÓN DE SANCIONES.- Las autoridades municipales que recluten, incorporen o contraten a personal y dispongan su remuneración vulnerando los procesos que corresponden la dotación de personal y la normativa prevista en la presente ley, disposiciones y leyes reglamentarias, PODRAN SER SUJETOS DE RESPONSABILIDAD CIVIL, CON CARGO DE DAÑOS ECONOMICOS AL ESTADO.
  Señor Juez mi empleador a violado También el Art. 66 de la Ley 2028, por que nunca realizaron las evaluaciones en el desempeño de mis funciones. al igual que el Art. 75 del mismo cuerpo de ley antes mencionado, donde textualmente dice: PROHIBICIÓN DE RETIRO DISCRECIONAL, Mi empleador procede a RETIRARME EN FORMS INTESPECTIVA SIN PREVIO AVISO, solamente por cumplir con un pacto político nos retira en forma arbitraria.

EL DECRETO SUPREMO No. 26740 publicado mediante GACETA OFICIAL DE BOLIVIA, en su Disposición Abrogatoria Única: a partir de la vigencia del presente DECRETO SUPREMO, SE ABROGA EL D.S. 25749 de fecha 20 de abril de 2000 y su correspondiente ANEXO Y REGLAMENTO DE DESARROLLO PARCIAL A LA LEY 2027 DEL ESTATUTO DEL FUNCIONARIO PUBLICO de 27 de octubre de 1.999.

Como usted podrá evidenciar Señor Juez, LA LEY ADJETIVA DEL ESTATUTO DEL FUNCIONARIO PUBLICO A SIDO ABROGADO, por lo tanto la ley sustantiva queda en Statu Quo.

Señor Juez, EL REGLAMENTO DE PROCEDIMIENTO DE INCORPORACIÓN A LA CARRERA ADMINISTRATIVA, SU REGLAMENTO DE AUTORIZACIÓN Y CERTIFICACIÓN, recién han sido publicadas mediante GACETA OFICIAL DE BOLIVIA, el 22 de Febrero de 2002, después de mi ingreso a la H. ALCALDÍA MUNICIPAL DE SANTA CRUZ POR LO TANTO LA NORMA MENCIONADA LEY NO ES RETROACTIVA .   

 Es por lo que recurro a la justicia ordinaria para que por esa vía se me cancele mis beneficios sociales que por ley me corresponde, los mismo que alcanzan a la suma de Bs. 24.711,5.- (VEINTI CUATRO MIL SETECIENTOS ONCE CON   50/100 BOLIVIANOS), según Finiquito de fecha 18  de Abril de 2005, realizado por la Dirección Departamental del Trabajo.

PETITORIO DE ORDEN LEGAL.-

Por todo lo expuesto anteriormente Señor Juez, al  NO estar implementada la CARRERA ADMINISTRATIVA, AL NO ESTAR INSTITUCIONALIZADOS LOS CARGOS DE LA H. ALCALDÍA MUNICIPAL.

Es por lo que al amparo de los Arts. 1, 4, 6, 7, 12, 13, 19 y 20 de la Ley General del Trabajo, Arts. 157 y 162 de la Constitución Política del Estado, en el entendido de que los DERECHOS LABORALES SON IRRENUNCIABLES, y haciendo uso de mis derechos Constitucionales y derechos laborales INTERPONGO DEMANDA LABORAL PARA EL PAGO DE MIS DERECHOS LABORALES contra la H. ALCALDÍA MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA, en la persona de su representante legal el H. ALCALDE MUNICIPAL Ing. YYYYYYY, cuya cuantía  alcanza a Bs. 24.711,5.-(VEINTICUATRO MIL SETECIENTOS  ONCE CON 50/100 BOLIVIANOS), conforme al finiquito que se acompaña, pidiendo a su autoridad admitir mi demanda, imprimirle el tramite de ley, Y una vez analizadas las pruebas y habiendo cumplido con los requisitos que establecen los Arts. 117, 118, 119 y 120, dicte Sentencia declarando PROBADA la misma, de conformidad a lo dispuesto por el Decreto Supremo No. 23381 de fecha 29 de Diciembre de 1.992 en sus Arts. 1 al 4, dada la irrenunciabilidad de las leyes sociales, y en consecuencia se ordene al H. Alcalde Municipal Ing. YYYYYYY, el pago de mis Derechos Laborales, sea con Costas.

Otrosí 1º.- Adjuntamos en calidad de pruebas preconstituidas las siguientes:
a.- Finiquito elaborado por la Inspectora del Trabajo, en fecha 18 de Abril de 2005
b.-Fotocopia de mi cedula de Identidad.
c.-Fotocopia del Memorandum de designación.
d.- Fotocopia del memorandum de retiro.
e.-Certificado de No Deudor del 19 de Enero de 2004.
f.- Boletas de Pago .
Otrosí 2º.- El demandado YYYYYYYYYYÑEZ, es mayor de edad, Hábil por ley, en calidad de H. Alcalde municipal de Santa cruz de la Sierra, con domicilio en la Oficina Central de la H. Alcaldía municipal de Santa Cruz de la Sierra, ubicada  en la calle 24 de septiembre, esquina Bolívar. Protestando conducir al Oficial de diligencias de su Juzgado para su legal citación con la demanda y su respectivo auto de admisión de la misma.
         Otrosí 3º.-  Los honorarios profesionales de acuerdo al arancel del Colegio del ramo.

Otrosí 4º.- Para conocer providencias, el estudio jurídico de mi Abogado, sito en la calle prolongación Aroma, edificio Casanova, planta baja oficina No.14.
                                  Santa Cruz de la Sierra, 18 de Abril de 2.0….

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1 comentario en «MODELO DE DEMANDA POR PAGO DE DERECHOS LABORALES»

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