Modelo de Contrato – Compromiso de Venta con Arras

           
SEÑOR NOTARIO DE FE  PUBLICA

Entre los registros de escrituras públicas que corren a su cargo, sirvasé insertar una de Compromiso de Venta de Inmueble de acuerdo a las siguientes claúsulas:

PRIMERA: (Partes Contratantes).- Son partes del presente documento:
1.1.                  El Sr. ALEJANDRO HERBAS ESCOBAR, con C.I. Nº.- 119976 La Paz., mayor de edad, casado, rentista, con domicilio actual en Calle Mayor Rocha 325, de ésta Ciudad, hábil en toda forma de derecho, quién a los efectos del presente documento se denominará simplemente como EL VENDEDOR.
1.2.                   
1.2.- El Sr. OMAR MARTIN RIVERA SEJAS, con C.I. Nº.- 3723517 Cbba., mayor de edad, casado, Ing. Ectrónico, con domicilio en la Calle Sucre  Nº.- 1263 de ésta ciudad, hábiles en toda forma de derecho, quién a los efectos del presente documento se denominará simplemente como EL COMPRADOR.
SEGUNDA: (Antecedentes).- EL VENDEDOR, declara que es actual dueño propietario de un inmueble de la extensión superficial de 294. 64 mt2., que le pertenecen a título de la escritura de división y partición parcelación y consiguiente adjudicación del lote de terreno signada con el Nº.- 50 ubicado en Condebamba Canton Santa Ana de Cala Cala de la Provincia Cercado de éste Departamento, cual acredita el Testimonio de Escritura Nº.- 177, de la Notaria de 2da Clase Nº.- 5, del distrito judicial de Quillacollo de fecha 31 de diciembre de 1981, Registrado en Derechos Reales a Fs. Nº.- 205, Ptda. Nº.-215, del Libro Primero “B” de Propiedad de la Provincia Rural en fecha 26 de enero de 1982 años; otorgado por Armando Peñaloza Miranda, Gerardo Pozo Alcocer, Rolando Ugarte Ballesteros, Cesar Martinez Torrejon, Jesus Leigue Dorado y Rene Portillo Zubieta.


TERCERA: (Trasferencia-Compromiso de Venta-Precio).- Al presente EL VENDEDOR, de su líbre y expontánea voluntad y por convenir así a sus interes, comprometo en venta real y definitiva y enajenación perpetua en favor del COMPRADOR el  inmueble signado con el Nº.- “50” en una superficie de 294.64 mt2., el mismo que se ubica en la Calle Juan Sebastian Bach, por el precio líbremente estipulado y convenido de $us.30 000.- (Treínta Mil Dolares Americanos 00/100.-), suma de dineros que serán cancelados por EL COMPRADOR, en la siguiente modalidad:
3.1.- EL VENDEDOR, declará que a la suscripción del presente documento, recibe la suma de $us. 3.000.- (Tres Mil Dolares Americanos 00/100.-), en calidad de anticipo del precio estipulado.
3.2.- EL COMPRADOR, se compromete a cancelar los restantes $us. 27.000.- (Veíntisiete Dolares Americanos 00/100.-), estipulados como precio total, en el plazo de un mes; es decir hasta el 28 de junio de 1999 años.
3.3.- EL VENDEDOR, de su parte una ves, cancelados los restantes $us. 27.000.- Dolares Americanos; se compromete a la suscripción de la minuta traslativa del inmueble en compromiso en favor de EL COMPRADOR, en la misma fecha estipulado en el punto 3.2.
CUARTA: (Límites).- El inmueble objeto del presente compromiso de venta, tiene los siguientes límites: Al norte, con el inmuble Nº.- 51 de propiedad de Luis Melendres; Al sud;con el lote de propiedad de Marycruz Olivier Gamez; Al este; con el inmueble N.- 57, de propiedad de Italo Vera Caero; y al Oeste; con la actual Calle Juan Sebastian Bach.
QUINTA: (Alodialidad).- El bién inmuble objeto del presente compromiso de venta, se encuentra líbre de todo gravamen, si embargo  el propietario se arreata a las garantías de evicción y saneamiento de ley.


SEXTA: (Derechos Accesorios).-Dentro del presente compromiso de venta, quedan compredidos todos los usos mejoras constumbres y servidumbres, sin reserva ni limitación alguna, pudiendo entrar el posesión inmediata de inmueble EL COMPRADOR, sea judicial o extrajudicialmente, una ves suscrita la minuta traslativa.
SEPTIMA: (Conversión).- Si por alguna circunstancia la presente minúta no pudiera convertirse en calidad de instrumento público, surtirá los efectos de documento privado, a la simple suscripción de las partes contratantes ante autoridad competente.
OCTAVA: (Aceptación y/o Comformidad).- Finalmente dira Ud., Sr. Notario que en señal de conformidad y aceptación de todas y cada una de las claúsulas precedentes obligandose a su fiel y estricto cumplimiento en toda forma de derecho las partes que intervenimos por una parte EL VENDEDOR Sr. ALEJANDRO HERBAS ESCOBAR y por otra EL COMPRADOR Sr. OMAR MARTIN RIVERA SEJAS, firmamos el comprobante de la presente minuta y Ud., Señor Notario se servirá agregar las demás claúsulas de estilo y seguridad.

                                                  Cochabamba, 28 de mayo de

    

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