Modelo de Contrato de Anticresis Bolivia En Word
SEÑOR NOTARIO DE FE PÚBLICA.-
Entre los registros de escrituras públicas que corren a su cargo, dígnese insertar una DE CONTRATO DE ANTICRESIS, de acuerdo a los términos y condiciones que siguen:
PRIMERA: (PARTES CONTRATANTES).- Son partes que intervienen: 1.1.- EDITH CHAIÑA REYES DE LOPEZ CI 989898 expedido en Potosi, mayor de edad, hábil por derecho, Casada, Domiciliada C/Hernán Siles y Faustino Suarez Temporal-CBBA para fines del presente contrato se denominará LA PROPIETARIA.-
1.2.-JHON SEBASTIAN SALGADO CAYO, CI 8544445 expedido en potosí, mayor de edad, hábil por derecho, Estudiante, para fines del presente contrato se denominarán “ El ANTICRESISTA”.—
SEGUNDA: (ANTECEDENTES Y DERECHO PROPIETARIO).- La señora EDITH CHAIÑA REYES DE LOPEZ, declara ser legítima propietaria de un inmueble de la extensión superficial de 269.07 m2, ubicado en la Zona de Santa Ana de CALA CALA, Manzana “B” , lote signado con el N° 18, , este inmueble fue adquirido por compraventa, mediante escritura pública n° 1059 de 11 de Diciembre de 2.012, debidamente reconocido ante notaria de fe pública Nro. 14 Elizabeth Grageda de Patiño y registrada en derechos reales con la matricula real n° 3.01.1.02.00884153, asiento a-5, en fecha 17 de diciembre de 2.012.—
TERCERA.- (DEL OBJETO).- Al presente por convenir así a los intereses de la propietaria, CEDE EN CONTRATO DE ANTICRESIS EN LA PRIMERA PLANTA UN DEPARTAMENTO QUE CONSTA DE DOS DORMITORIOS, SALA , COCINA, BAÑO Y A FAVOR DE JHON SEBASTIAN SALGADO CAYO. El departamento otorgado en anticresis cuenta con los servicios de energía eléctrica, agua potable. por tanto el anticresista deberán pagar el consumo mensual de acuerdo a factura de consumo a prorrata con los demás habitantes del inmueble.—
CUARTA: (DEL CAPITAL).- El capital del contrato de anticresis libremente convenido entre partes es QUINCEMIL 00/100 DOLARES ESTADO UNIDENSES ($us. 15.000.-), que la PROPIETARIA declara recibir en su integridad a momento de la suscripción del presente contrato a su entera satisfacción en moneda de curso legal y corriente.–
QUINTA.-(DEL PLAZO).- El presente contrato se establece POR UN AÑO que deberá computarse a partir de la suscripción del presente contrato, AL VENCIMIENTO DEL PLAZO AMBAS PARTES NOS CONSTITUIMOS EN MORA, LA PROPIETARIA PARA LA DEVOLUCION DEL CAPITAL EN LA MISMA MONEDA QUE RECIBE Y MONTO ENTREGADO Y EL ANTICRESISTA PARA LA ENTREGA A LA PROPIETARIA DEL DEPARTAMENTO TOTALMENTE DESOCUPADO.—
SEXTA.- (DEL USO).- EL ANTICRESISTA declaran que usaran el departamento como vivienda familiar y no podrán darle otro uso sin consentimiento expreso de la propietaria.—
SEPTIMA.- (PROHIBICION DE ARRENDAMIENTO Y CESION).- EL ANTICRESISTA no podrán bajo título alguno, ceder el presente contrato o arrendar a otra persona todo o parte del departamento otorgado en anticresis, caso contrario dará lugar a la disolución del contrato en forma unilateral.—
OCTAVA.- (DE LA ENTREGA DE CAPITAL Y DEVOLUCION DEL INMUEBLE).- El departamento OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO se entrega a El Anticresista en perfecto estado de habitabilidad, debiendo devolver en el mismo estado, excepto el deterioro natural causado por el transcurso del tiempo.—
NOVENA.- (HIPOTECA).- Se hace constar expresamente que el inmueble actualmente se encuentra gravado, con una hipotecas a favor del BANCO MERCANTIL SANTA CRUZ S.A., aspecto que conocen el anticresistas, por tanto declaran que el presente contrato de anticresis podrá ser gravado en segunda hipoteca, obligándose a pagar en su totalidad el gravamen, impuestos y cancelación del gravamen, una vez que se cumpla el plazo.—
DECIMA.- (ACEPTACION).- En señal de conformidad con todas y cada una de las cláusulas y condiciones precedentemente establecidas, suscriben las partes obligándose a su fiel y estricto cumplimiento, contrato que debe ser protocolizado en una Notaría de Fe Pública. Y usted señor Notario se servirá agregar las demás cláusulas de seguridad y estilo que den solemnidad al presente contrato.
Cochabamba, 07 de Junio de 2023
PROPIETARIA.- ANTICRESISTA