CONTRATO PRIVADO DE ALQUILER
Conste por el presente documento privado de alquiler de un departamento, que reconocidas las firmas y rúbricas de los contratantes, podrá ser elevado a instrumento público, suscrito libremente entre las partes bajo las condiciones que se especifican en las cláusulas que siguen a continuación:
PRIMERA.- Nosotros Edwin Tapia y Leonor Castro de Tapia, mayores de edad, casados entre sí, vecinos de esta ciudad y hábiles por derecho, mediante el presente documento declaramos que somos únicos propietarios de un inmueble ubicado en la calle “Waldo Alvarez” signado con el número 100 (cien) del barrio Gráfico de esta ciudad, inmueble en el que poseemos un departamento en el primer piso (planta alta) que consta de dos dormitorios, un escritorio, living-comedor, cocina y baño.
SEGUNDA.- Al presente y por convenir así a nuestros intereses, cedemos y damos en contrato de alquiler el citado departamento a la señora BARBARA MIRANDO DE ROJAS y a su suegro JOSE MANUEL ROJAS RODRIGO, por la suma mensual de CIENTO CUARENTA DÓLARES AMERICANOS, con todos sus usos, costumbres y servidumbres. La lavandería será usada por los habitantes de ambos pisos en común acuerdo. En cuanto al pago de consumo de energía eléctrica ya agua de acuerdo con lo usado en el medidor correspondiente.
TERCERA.- A la firma del presente contrato, nosotros, los propietarios, declaramos que recibimos en calidad de GARANTÍA de buen uso del departamento la suma de UN MIL DÓLARES AMERICANOS ( $us.1.000,oo) a nuestra entera satisfacción, suma de dinero que será devuelto al término del presente contrato en la misma moneda. El lazo del presente contrato es de UN AÑO FORZOSO Y OTRO VOLUNTARIO.
CUARTA.- Los propietarios se obligan a entregar inmediatamente el departamento y garantizan la pacífica convivencia en igual forma que la inquilina que sólo usará el departamento como vivienda para ella y sus dos hijos.
QUINTA.- Nosotros, Edwin Tapia, Leonor Castro de Tapia, por una parte y por otra, Bárbara Mirando de Rojas y José Manuel Rojas Rodrigo, en señal de conformidad suscriben el presente documento en la fecha sin que medie ningún vicio que pudiera invalidarlo.
La Paz, 7 de enero de 2022
EDWIN TAPIA LEONOR CASTRO DE TAPIA
C.I. 169613 LPZ 072436
JOSÉ MANUEL ROJAS RODRIGO BÁRBARA MIRANDA DE ROJAS
C.I. 1187926 PT. C.I. 3683446 PT.