SEÑOR NOTARIO DE FE PUBLICA
Entre los registros de escritura pública que corren a su cargo sírvase insertar una de un contrato de arrendamiento, de acuerdo a las cláusulas siguientes y condiciones.
PRIMERA.- Yo: MARTHA MARCELA VILLARROEL DE GUZMAN, con C.I. No. 472501 L.P.,.mayor de edad, vecina de ésta y hábil por derecho, con domicilio en la Calle Calama No. 737, declaro ser propietaria y actual poseedora de un bien inmueble con edificación, ubicado en la Calle Jordán No. E-807, casi esquina 16 de julio, con la documentación que se encuentra registrada en las dependencias de Derechos Reales.-
SEGUNDA.– El presente, por convenir así a mis intereses, en el bien inmueble descrito en la Cláusula anterior, doy en contrato de alquiler de un local comercial con COICINA, en perfectas condiciones de habitabilidad y conservación, a favor de la Sra.: ANA MARIA PRUEDENCIO DE CLAURE, pro el precio libremente convenido de DOLARES AMERICANOS OCHEENTA 00/100 ( $us.- 80.- ) mensual, por mes adelantado, deja constancia que las dependencia alquiladas serán ocupadas por la inquilina “ EN calidad de Local Comercial Para snack “,.——–
TERCERA.– El presente contrato tendrá una vigencia de UN AÑO FORZOSO y OTRO VOLUNTARIO, haciéndose constar, cualquiera de las partes, incurrirá en mora al sólo vencimiento del término enumeradas por el Art. ………...-
QUINTA.- La inquilina deberá cancelar por consumo de agua potable y de energía eléctrica en la suma del CUARENTA PORCIENTO DE LAS LECTURAS que se efectúen en sus medidores en la persona de la co-inquilina.
SEXTA.- Yo: ANA MARIA PRUDENCIO DE CLAURE, mayor de edad, hábil por derecho, vecina de ésta, con C. I. No. 949343 Cbba., acepto el presente contrato y declaro mi conformidad con sus cláusulas y condiciones.- A tiempo que declaro recibir las dependencias objeto del presente contrato en perfectas condiciones de habitabilidad y buena conservación, obligándome a devolverlas en las mismas condiciones que recibo. Ud. Señor Notario sírvase insertar las demás cláusulas de estilo seguridad, sin perjuicio de que surtirá efectos de documento público, v con el sólo reconocimiento de las firmas y rúbricas de las partes contratantes.
Cochabamba, 1º. de noviembre del año
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MARTHA M. VILLARROEL DE GUZMÁN ANA MARIA PRUDENCIO DE CLAURE
PROPIETARIA INQUILINA
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